Según la normativa de la Ley 820 de 2003, los dueños de propiedades arrendadas tienen la posibilidad de ajustar el precio del alquiler cada año. Recientemente, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reveló la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2023, un dato clave para determinar el incremento permitido en los cánones de arrendamiento en Colombia, en consonancia con las modificaciones del salario mínimo y el auxilio de transporte anunciados a principios de enero.
Durante una conferencia de prensa, Andrea Ramírez Pisco, directora técnica de metodología y producción estadística de la DANE, informó que el IPC de Colombia en 2023 experimentó una variación anual del 9,28%, marcando una disminución significativa en comparación con el 13,12% registrado en 2022. Este índice, que refleja los cambios en los precios de bienes y servicios consumidos por los hogares, es esencial para analizar las tendencias inflacionarias y comprender la evolución económica del país.
¿Cómo impactará esto en los alquileres para 2024?
Bajo la Ley 820 de 2003, el incremento anual en los cánones de arrendamiento no puede superar el IPC anunciado por el DANE. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento firmado en enero de 2023 por un valor de un millón de pesos podría experimentar un aumento máximo de 9,28% este año, lo que significaría un ajuste de 92.800 pesos, elevando la renta mensual a 1,09 millones de pesos en 2024.
Cabe destacar que el ajuste de renta es aplicable tras 12 meses de contrato, y aunque el arrendador tiene la facultad de incrementar el alquiler, también puede optar por no aplicar dicho aumento o acordar un incremento distinto desde el inicio del contrato. Sin embargo, cualquier ajuste no debe exceder el IPC establecido. Además, la Ley 820 de 2003 se aplica exclusivamente a propiedades urbanas destinadas a vivienda y con contratos firmados a partir del 10 de julio de 2003, quedando excluidos inmuebles comerciales como bodegas o locales, donde el incremento se negocia entre las partes.
Respecto a las responsabilidades del arrendador, es su deber informar al inquilino sobre el aumento y su fecha de aplicación, ya sea por correo o mediante un mecanismo de notificación acordado en el contrato. Además, el precio del alquiler debe establecerse en moneda legal y no superar el 1% del valor comercial de la propiedad.
Según datos de la DANE, entre 2019 y 2022, la proporción de hogares en arriendo aumentó un 4,5%, con una predominancia del 40,2% en hogares arrendatarios.